Según el reglamento de la Federación Española: Se autoriza el montaje de una luz de marcha atrás, si es preciso por empotramiento en la carrocería, a condición de que solo se encienda cuando la palanca de cambio está en la posición de marcha atrás y bajo reserva de que se observen los Reglamentos de Tráfico a los que esté sujeta.
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