2 unidades. Según el reglamento de la Federación Española "Los faros suplementarios están autorizados, a condición de que el número total de faros presentes en el vehículo no exceda de 8 (no incluidas las luces de posición ni laterales) y a condición de que el total sea par. Si es necesario, pueden instalarse empotrados en el frontal de la carrocería o en la parrilla, pero las aperturas que se practiquen deberán ser tapadas completamente por los faros. Los faros originales pueden dejarse inoperantes y pueden cubrirse con cinta adhesiva". "Se permite reemplazar un faro rectangular por dos circulares, o viceversa, montados sobre un soporte de las dimensiones del orificio y que lo tape completamente".
PZC021135
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Ficha técnica
- Material
- Fibra de Carbono
- Twill
- 2x2
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